MATRIMONIO CIVIL
¿Qué necesito para casarme civilmente?
- Deberás comparecer con tu pareja, acompañados de un testigo, y todos provistos del Documento Nacional de Identidad, en el Registro Civil.
- Es imprescindible para la tramitación del expediente en el Registro Civil, que al menos uno de los dos esté empadronado en la localidad.
- Deberéis aportar en todo caso los siguientes documentos:
- Certificados literales de nacimiento de los contrayentes expedido como máximo con 6 meses de antigüedad.
- Certificados de empadronamiento histórico de los dos últimos años.
- D.N.I., N.I.E. o pasaporte o una fotocopia del mismo.
¡¡ ATENCIÓN !!... Debes saber que en caso de que uno de los dos sea:
- DIVORCIADO: Deberás aportar además de lo anterior el certificado del matrimonio anterior con nota de divorcio.
- VIUDO: Será necesario aportar el certificado del matrimonio anterior y de defunción del cónyuge.
- EXTRANJERO: Deberás aportar certificado original de nacimiento (traducido en su caso) y legalizado por la autoridad competente de su país, y pasaporte en vigor y fotocopia del mismo.
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